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Fecha de Operación en el SII #3858
Comments
Hola @EnekoAira Nos ha pasado lo mismo con esto de los impuestos de alimentos y los errores del SII...
Es decir, también implica hacer un desarrollo extra en todos modelos legales para que priorice incluir en las declaraciones las facturas conforme a "fecha operación" (siempre que esté establecida), por encima de "fecha contable". Saludos, |
Tratándose de operaciones entre empresas la mayoría de veces, en los que les da igual el IVA, ya que son meros intermediarios, la solución más eficaz es cambiar los impuestos a los que toque en la fecha de factura, sin más complicación. |
@SoniaViciana Gracias por la respuesta. No he tenido en cuenta todos esos modelos, supongo que deberíamos consultar la forma de afrontarlo a la propia AEAT. No obstante, si así fuere, habría que cambiarlos también. Que la pereza no nos lleve a no hacer bien las cosas :-) |
@EnekoAira no es pereza, si no practicidad. Además, ¿tienes pensado tú hacer esas mejoras? |
No soy quién para contestar a esto. Yo no lo haría, otros ERPs no lo hacen |
Eso de siempre aludir a que "otros ERPs" tal, bueno, pues vete con el otro ERP... Una cosa está clara: un sistema en el que la fecha contable del asiento de la 472 o 477 no coincide con la fecha efectiva de impuestos es un NO muy grande por muchas razones que ahora mismo no voy a desglosar, ya que de todas formas es algo que no se va a hacer en Odoo nunca, primero porque el propio Odoo no lo permite ni lo va a permitir (ya quitó hace muchos años, a partir de la v9, eso de forzar periodo y fecha del asiento, que permitía hacer más o menos estas cosas), y segundo porque la localización se complicaría de forma inimaginable para un caso tan marginal. Cierro esta issue como algo que no se realizará. |
@SoniaViciana, en realidad creo que la fecha por la que se deben generar los modelos es la fecha de devengo, no la fecha de operación. Es imposible que sea la fecha de operación la marque el período de devengo, dado que si así fuese sería imposible cumplir lo que indican en las preguntas frecuentes de la AEAT sobre como se debe de cubrir el tipo de operación en el caso de rectificativas, por ejemplo. (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuestos-tasas/iva/iva-libros-registro-iva-traves-aeat/preguntas-frecuentes/2-registro-cuestiones-comunes.html?faqId=910f6c3d02bc9510VgnVCM100000dc381e0aRCRD) En las últimas versiones del SII están validando precisamente que el impuesto reportado esté vigente a "fecha de operación" de la factura informada; con lo cual queda claro que para la AEAT la fecha que debe tomarse a la hora de decidir el tributo a aplicar es la fecha de operación (no la fecha de factura, ni la fecha contable, ni la fecha de devengo, ni cualquiera otra fecha que queramos aplicar). Vuelvo sobre el ejemplo de las rectificativas. Si en un período P (IVA al 4%) tengo que rectificar una factura del período P-1 (con un IVA 2%), no puedo simplemente cambiar el IVA de la nueva factura rectificativa al 4%, porque entonces mis bases y cuotas no son correctas, ya que he pagado por 2 y rectifico por 4, causando un perjuicio a la hacienda pública; lo cual no les gusta nada y nos pone en el foco de una posible inspección. PS: Es mi primer aporte a la comunidad de Odoo y me he quedado muy ingratamente sorprendido por la reacción tajante , desmesurada y agresiva. @SoniaViciana si quieres que continuemos esta reflexión conjuntamente puedes escribirme directamente. |
Una tirita se arranca mejor de un golpe que poco a poco. Lo que comentas de las rectificativas es otra cuestión aparte. A mí hasta ahora no me han rechazado en el SII una rectificativa hecha con fecha de estos meses (desde octubre) con impuesto del 4%, porque precisamente tienen en cuenta estas cuestiones, y poner fecha de operación de antes de octubre lo considero incorrecto, porque el devengo de la rectificación es ahora, no cuando se hizo la operación rectificada. |
Estaré yo confundido, pero insisto en que "fecha de operación" y "período de devengo" no están relacionados. Sobre la rectificativa, la AEAT es clara (por raro que parezca :D): https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuestos-tasas/iva/iva-libros-registro-iva-traves-aeat/preguntas-frecuentes/2-registro-cuestiones-comunes.html?faqId=d6ce6c3d02bc9510VgnVCM100000dc381e0aRCRD PS: Con un poco de agua tibia también salen muy bien las tiritas. |
Gracias por el enlace, Raúl. En el módulo SII, no estamos indicando fecha de operación en ningún caso, sea rectificativa o normal, y Hacienda no lo está rechazando, aunque no conocía que la AEAT indique que deba ser la fecha de operación de la rectificada. De todas formas:
Por el momento, no veo que haya que hacer nada al respecto para las rectificativas, y empezar a enviar esa fecha generaría muchos flecos, como por ejemplo cuando se hace una rectificativa (como un rappel), sin una factura de origen exacta. Se podría barajar enviar la fecha de operación de la rectificativa cuando el origen está claro. Eso a ver qué les parece a otra gente. Reabro para dar lugar a ese debate, aunque esto sea un tema lateral. De cara a la fecha de operación en general, el objetivo aquí es automatizar lo máximo posible el envío y evitar errores, por lo que tener un campo "Fecha de operación" manipulable no está entre las características deseables por el momento, salvo que se encuentre alguna causa insalvable, pero si alguien quiere hacerlo, gracias a la capacidad modular de Odoo, se puede hacer como un módulo de extensión. |
Ah, y otra cosa que veo según la nueva información: la fecha de operación no debe marcar el periodo de liquidación de los impuestos, ya que si no, las rectificativas irían en declaraciones anteriores y no en la que toca. Parece que ese dato es totalmente caprichoso. |
En nuestro caso, en alguna empresa del grupo, que no es la que usa Odoo si hemos tenido problemas de envío al SII por enviar una factura rectificativa con fecha de noviembre, que rectificaba a una de septiembre, y llevaba entre los IVAs una parte de IVA al 5%. Dado que ese IVA no es válido en octubre, el SII la rechazó, y tuvimos que modificarla indicando que la fecha de operación era septiembre para que la aceptase. En resumen, la fecha de operación es la que marca los tributos a aplicar, y la fecha de devengo es la que marca el período en el que se debe incluir en los modelos (al menos de IVA, si metemos el IRPF por el medio ya nos salen más lios...). PD: Soy Rubén ;D |
La propuesta de añadir un nuevo campo de "fecha de operación", sin valor por defecto, pero que si está cubierto se informe al SII va precisamente en la línea de que luego, cada empresa según sus necesidades decida como dar valor a este campo:
Todo eso sería una cuestión a personalizar en los módulos de cada empresa, según sus necesidades y decisiones. Es por ello que, dado que el concepto de "fecha de operación" es un concepto que define el SII debe de estar contemplado en este módulo el que se envíe. Y como es, cuando menos, controvertido; de ahí que la propuesta sea crear un campo que cada empresa decida como alimentar (o no) según su caso de uso. |
Perdona, Rubén, como el login aparece rmosquera, se me ha ido el nombre. Es raro, acabo de comprobar ahora mismo justo ese caso, y tengo facturas aceptadas por el SII en octubre con IVA 4 %. Si la fecha de operación se considera solo a esos efectos, creo que puede añadirse que se envíe - sin intervención del usuario - en las rectificativas cuando se tiene claro el origen. Lo de poner ese campo de forma general, no, porque eso repercutiría en la gente tocando sin saber, y teniendo tickets de asistencia por esos temas. Lo dicho, eso es fácil ponerlo en un módulo extra, e incluso se podría plantear tener ese módulo extra aquí, pero desde luego de base, es muy peligroso. |
Al 4% claro que lo van a aceptar, porque es un tipo válido en cualquier mes. El caso es con los IVA que la AEAT si puede validar porque solo han estado activos durante un tiempo, como el 5% o el 2%. Entiendo, aunque no comparto, el temor de un mal uso de ese campo... Si está oculto, solo lo activará quien necesite usarlo y debemos confiar en que sepa como usarlo. No podemos limitar el caso a las rectificativas, lo uso como ejemplo porque es el más claro y el más explícito; pero cualquier caso en el que facturemos operaciones de un mes en otro, y en ese salto de mes haya un cambio de IVA pueden provocar este problema. La solución que planteas para estos casos en #3858 (comment), de decirle al departamento de administración, que haga mal las facturas, a sabiendas; no me parece apropiado. |
Y otra cosa para @SoniaViciana entonces: con eso no habría que tocar nada de los otros módulos. Simplemente, habría IVA 4% en por ejemplo octubre, pero ya está. Yo de todas formas, estoy dudando bastante que Hacienda permita hacer facturas de cliente del 4% por ejemplo a finales de octubre, por mucho que le digas que la fecha de operación es de septiembre porque la mercancía se envió entonces... |
No lo limito, solo digo que en este caso es automatizable y sin efectos laterales: se envía si se sabe la factura origen. Se sigue como hasta ahora si no se sabe (como el de una factura de rappel).
No es hacerlo mal. Al contrario, es hacerlo bien, porque la tributación siempre se aplica a las facturas. Los albaranes no llevan fiscalidad. Lo otro se admite por dar "cuartelillo". Pero fíjate que tendrías el mismo problema (por lo menos en Odoo, pero también en otros ERPs), si hiciste un presupuesto hace un año, con los impuestos anteriores, y lo confirmas, envías y facturas ahora. Tendrás que cambiar igualmente los impuestos a los que tocan ahora. No vale poner fecha de operación de hace un año porque era cuando emitiste el presupuesto.
Como digo, hasta ahora no tengo constancia de ningún rechazo de este tipo. y el régimen agrario no está contemplado en el desarrollo actual. Pero bueno, volvemos a lo mismo: que la fecha de operación se puede implementar en un módulo aparte. Si es lo bueno que tiene la modularidad. |
Efectivamente no deberías facturarlo a finales de octubre; pero no porque no lo admita el SII, que creo que si lo aceptará (sería cuestión de testarlo en el entorno de pruebas). El problema ahí sería que incumplirías los plazos de la ley: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/manual-iva-2021/capitulo-10-obligac-formales-suj-registro/obligaciones-materia-facturacion/plazos-expedicion-envio-facturas.html Pero hasta el 16 si podrías: |
El caso del presupuesto y del albarán no son comparables. Hacienda es clara con que la fecha que marca la fiscalidad es la de "la entrega de la mercancía o de la prestación del servicio"; ni presupuesto, ni pedido, ni factura. De hecho, es esa fecha "de entrega de la mercancía o prestación del servicio", la que te marca el plazo para poder emitir la factura, como indico en el comentario anterior. Por nuestra parte veo necesario este desarrollo, y no sé si lo plantearemos como un módulo específico, o como un fork (con su PR) a la rama 12.0 de este repo (que es la versión en la que aún trabajamos). |
Nos tocó trabajar con esto hace poco para un caso muy puntual relacionado con las cuotas de alimentos: Y podemos asegurar que en el PRE-303 esa factura se deduce a 10/2024 y no en 11/2024. No he encontrado mucha info en la AEAT, pero sí en los blocs de otros ERP: |
Pues entonces volvemos al supuesto inicial que teníamos tanto Sonia como yo, que es que sí que marca la fecha de operación lo que es la fecha a efectos fiscales, y eso supone esa triple fecha que es una línea roja. Pero entonces es inconsistente con ese otro enlace que dice que en las rectificativas la fecha de operación debe ser la de la factura origen. ¿Tal vez la fecha de operación la utiliza Hacienda de forma diferente según el tipo de factura? |
En mi opinión, y aquí entro en el terreno de lo que intuyo pero no puedo asegurar; lo que marca en que modelo debe ir no es ninguna de las fechas, si no el "período" que se indique. Y apoyo mis suposiciones en que:
El caso que expone @SoniaViciana no concuerda con lo que yo entiendo, ya que si en esa factura indican: Debería ir en el modelo del 11-2024. Entiendo que puede parecer un argumento peregrino pero... ¿es posible que ese premodelo no sea correcto? En nuestro grupo de empresas no usamos esos premodelos generados por la AEAT, por lo que no puedo juzgarlo. Sobre la documentación de otros ERPs... pues es la información de los casos más generales, y tiene la validez que le demos en base a la credibilidad de la empresa (y de su celo por mantener actualizada la documentación pública). Y dicho esto, la veo correcta; pero para el caso general y más común, y en el que la información se registra en plazo en el ERP. |
Ya, pero sin esa confirmación de qué supone la fecha de operación en ese caso, la verdad es que es arriesgado aventurarse a poner un dato. |
No sé si desde la OCA tenéis algún canal de comunicación con la AEAT para poder plantear esa consulta a nivel técnico, de la correlación entre los datos enviados al SII y los modelos. En el ERP de la empresa que no usa Odoo los tributos tienen el concepto de "fecha de devengo" y ese es el campo que se usa para los modelos y con el que calcula el "PeriodoLiquidacion" para el SII. Lo hacemos así desde hace tiempo sin problemas. Entiendo que sin una respuesta que se pueda considerar de una autoridad no se incorporen cambios en esa línea al módulo de la OCA. Nosotros trataremos de hacer nuestro aporte con lo que a nosotros nos sirva. |
@acysos puedes lanzar consulta vinculante sobre este tema? En cuanto a lo de la fecha de devengo separada de la fecha contable, es la línea roja que siempre os he comentado. No puede ser que se saque un sumas y saldos de una 472/477 y dé un resultado, y en cambio en el 303 se declare otro distinto porque las fechas de devengo son algo diferente. |
Legalmente si puede ocurrir esa diferencia, y que los datos sean correctos. Pero en cualquier caso concuerdo que es algo que si se puede evitar es mucho más práctico, y solo lo ponía como ejemplo y argumento de como creo que funciona el sistema por parte de la AEAT. No propongo que se incorpore un cambio de este tipo, que bastante tenemos con el debate sobre la "fecha de operación" :D |
En la información al SII no se está informando de la Fecha de Operación asumiendo que sólo es necesaria si es diferente que la Fecha de expedición.
Nueva característica propuesta
Que ese campo aparezca en la factura y que se informe al SII.
¿Por qué proponemos esto?
Trabajamos con productos de alimentación, los impuestos están variando mucho y ocurre que en el momento del pedido, de la entrega y de la factura se pueden dar conflictos con el impuesto aplicado.
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